Las tareas del inspector de trabajo se suelen analizar, en España, desde un prisma prejuicioso y reduccionista. En numerosos centros de trabajo, se tiende a propagar una imagen estigmatizada de la Inspección de Trabajo, llena de temores infundados. Sin embargo, las actuaciones de los inspectores de trabajo desmienten estas visiones negativamente críticas, puesto que su concurso resulta clave para mejorar la calidad de las relaciones laborales y garantizar determinados derechos en el lugar de trabajo. Por ejemplo, los que se tienen en la investigación de los accidentes de trabajo y las compensaciones a las que puedan dar lugar.
¿Qué es la Inspección de Trabajo?
Más allá de las impresiones generalizadas, la Inspección de Trabajo es un instrumento puesto al servicio de todos los que tienen relación con un centro de trabajo. Por lo tanto, se ha de interpretar como una ayuda a la que se puede y debe recurrir y no como una amenaza.
En primer lugar, conviene conocer cómo se encuadra jurídicamente la Inspección de Trabajo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social constituye un servicio público dependiente de la Subsecretaría de Trabajo e Inmigración. Su funcionamiento se rige por la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, de Ordenación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; y por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.
Este organismo es competente, en materia de Seguridad y Salud Laboral y pueden acudir a él los trabajadores y sus representantes, cuando opinen que las medidas que adopta la empresa no son suficientes para garantizar la salud y seguridad en el trabajo. También, por otra parte, se pueden denunciar hechos que pudieran implicar infracciones en el plano laboral, de Seguridad Social, de empleo...
No solo pueden incoar el proceso de denuncia los trabajadores y sus representantes, sino que también lo pueden poner en marcha todas las personas que tengan conocimiento de las infracciones resumidas. Es decir, no solo tienen esa posibilidad los trabajadores, sino también los empresarios e, incluso, de oficio, la misma Inspección de Trabajo. De hecho, también atiende las reclamaciones o quejas que puedan articular los ciudadanos, a nivel particular, tanto por escrito como verbalmente.
Por lo tanto, la función esencial de la Inspección de Trabajo es la de policía social. Una policía administrativa que vela por el cumplimiento de las normas del Derecho del Trabajo. Por ello, se les supone a los inspectores de trabajo un carácter accesible, ya que han de tratar con distintas sensibilidades.
Una función de asesoramiento riguroso
Aparte de la señalada función de policía social, corresponde a los inspectores de trabajo llevar a cabo la función de prestación de asistencia técnica, en base a la recogida rigurosa de datos y su conocimiento para asesorar.
Esta función se materializa en las tareas de vigilancia de las que, periódicamente, se encargan los inspectores de trabajo. Tratan, mediante ellas, de garantizar el cumplimiento de las normas del orden de social en los lugares de trabajo. También controlan la aparición de riesgos laborales, en base al artículo 9 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
De manera que, para el cumplimiento de estas funciones de vigilancia, deben producirse las visitas a los centros de trabajo. Mediante estas visitas, se recogen datos y se verifican situaciones. En todo caso, el objetivo consiste en poner fin a posibles infracciones, debidas a situaciones anormales o peligrosas. Los inspectores de trabajo no solo corroboran la existencia de las infracciones y ponen remedios para que se cumpla la legislación, sino que también poseen la potestad sancionadora.
En este sentido, los inspectores de trabajo tienen derecho a recabar cualquier prueba que puedan considerar esclarecedora, respecto a problemáticas halladas en el centro de trabajo en cuestión. Esta potestad puede implicar, entre otras, las siguientes peticiones:
- Interrogatorios al personal o empleador.
- Exigencia de la presentación de libros, registros u otros documentos que la legislación obligue a tener a disposición de la Inspección de Trabajo.
- Recogida de muestras, con la finalidad de analizarlas.
- Por lo que respecta a las medidas cuya aplicación inmediata puede ordenar, de cara a asegurar la seguridad y salud de los trabajadores, se citan, a continuación, algunas de ellas:
- Limitación del libre acceso a categorías concretas del personal trabajador o a determinados lugares del centro de trabajo.
- Prohibición de la utilización de productos.
- Evacuación de locales.
- Ordenación del cierre de empresas.
- Suspensión de determinadas actividades.
Además, a solicitud de los organismos administrativos y judiciales, la Inspección de Trabajo elabora el informe pertinente y procede a prestar la asistencia técnica correspondiente.
¿Cómo alertar a la Inspección de Trabajo?
Como se ha expresado, anteriormente, los inspectores de trabajo pueden hacer su trabajo de oficio o a instancias de parte.
Cabe la posibilidad, por lo tanto, de instar a la Inspección de Trabajo a que recabe información en el lugar en el que se realicen las faenas. Esta cuestión adquiere especial importancia, en casos de accidentes de trabajo. Hay que tener en cuenta, de hecho, que, por ejemplo, en casos de lesiones, recurrir a la Inspección de Trabajo, es la única vía para cobrar una indemnización y que quede clara la responsabilidad de la empresa.
Como, de oficio, solo interviene la Inspección de Trabajo en accidentes laborales considerados graves o muy graves, es altamente probable que a la empresa no le interese calificar uno de ellos con este grado, puesto que se arriesgaría a una sanción económica. En este sentido, si el trabajador considera que dicho accidente se ha producido por una negligencia de la empresa y quiere que se depuren responsabilidades y se efectúen compensaciones, ha de poner en alerta a la Inspección de Trabajo, de cara a que abra una investigación y recabe las pruebas necesarias.
La denuncia se ha de presentar en la Dirección General de Trabajo, no puede ser anónima y se han de hacer constar los datos personales y hechos acaecidos. Si la Inspección de Trabajo determina la responsabilidad de la empresa en las causas del accidente laboral, se le impondrá una sanción y las posibilidades, por parte del trabajador, de recibir la indemnización aumentarán. Las aseguradoras, de hecho, muestran menos reticencias ante esta autoridad competente.
Por otro lado, esta tesitura suscita las lógicas dudas del trabajador, puesto que puede interpretar que denunciar a su propia empresa puede conllevar consecuencias negativas en su relación con esta sociedad, por lo que se ha de enfrentar, en ocasiones, a este dilema.
Hay que reseñar que proceder a denunciar no es la única vía para que el trabajador pueda percibir la indemnización. Existen otras fórmulas, tales como el atestado policial, la participación de testigos o la asunción de culpa por parte del empresario o responsable.
La intervención de la Inspección de Trabajo en los accidentes graves
En primer lugar, hay que comentar cómo se notifica un accidente laboral por parte de la empresa. Ha de hacerse durante los cinco días hábiles posteriores al siniestro o a la baja médica. Estas notificaciones están reguladas por la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre. Es posible la tramitación mediante correo electrónico.
Se habrán de relacionar los siguientes datos:
- Los de la empresa.
- Lugar en el que sucedió el accidente.
- Asistencia médica practicada.
- Percepciones económicas del trabajador.
Sin embargo, existe la obligación para la empresa de comunicar un accidente grave o muy grave en menos de 24 horas, desde que se produjo. Se consideran accidentes graves los que impliquen fallecimiento o afecten a más de cuatro trabajadores.
El Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, aportó el concurso pericial y asesor de funcionarios técnicos habilitados, con experiencia en la prevención de riesgos laborales.
Tras la comunicación de este tipo de accidentes a la Unidad Provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se producirá la visita. Durante la investigación, se analizarán las condiciones de trabajo y se recabarán las pruebas precisas. De cara a evitar la ocultación de pistas, se puede llegar, incluso, a paralizar la actividad que se realice en este centro de trabajo.
Los hechos comprobados y las conclusiones extraídas por parte de la Inspección de Trabajo se harán constar en un informe. Si el informe ha recogido ciertas infracciones, la siguiente fase del proceso consistirá en la redacción de las actas de infracción, en las que se reseñarán, con presunción de veracidad, los preceptos infringidos y las responsabilidades, además de la propuesta de sanción. Dicha propuesta puede incluir un recargo de prestaciones favorable al trabajador, que oscilará entre el 30 y el 50%, en función de la gravedad del siniestro.
En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, por otra parte, las empresas pueden incurrir en ciertas infracciones:
- No comunicar el accidente en tiempo y forma.
- No investigar si las medidas preventivas fueron suficientes.
- No registrar los datos extraídos en las investigaciones.
- No realizar la Evaluación de Riesgos Laborales.
- Incumplir las obligaciones de formación e información a los trabajadores.
En definitiva, es la Inspección de Trabajo la parte que ha de aportar la prueba, en caso de infracciones, en el lugar de trabajo. Un hecho que advierte del carácter técnico de este instrumento.
Comentarios (12)
Pat
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Por favor me urge respuesta . Mil gracias
Andrés
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Espero haberte ayudado. Si precisas más aclaraciones no dudes en volver a escribir aquí o a mi correo.
José M.
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¿qué me aconsejas?
¿es tarde para pedir una inspección?
¿qué puedo solicitar?
Gracias.
Rosario
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Jesus
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Fueron inspecciones de trabajo me llamaron por teléfono para saber cómo había sucedido el accidente y explicarle en qué situación se encontraba la máquina también cogieron más máquinas que se encontraban en la misma situación sin seguridad.
Ahora le Presario me ha dicho de que le ha llegado una multa de 2000 € y que la tendré que pagarlo yo ya que yo tenía la máquina tú cada cosa que no he hecho nunca ya estaba así cuando yo empecé a trabajar ahí.
Tengo varias preguntas con esta historia.
¿ cómo le puedes llegar a él una multa a mi nombre y no llegarme a mi casa qué es donde él debería de llegar una cosa que es personal mía?
Y otra es
¿ sin yo haber trucado la máquina y sabiendo que estaba trucada creyendo que estaba rota, valorando el estado de las otras máquinas me puede llegar una multa a mi?
Miguel
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José
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Miguel
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Sergio
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Ana López Macias
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Pablo
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carmen rosa guillen
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gracias